Municipalidad de Magdalena del Mar

Procuraduría Pública Municipal

  • Procurador: Víctor Martín León Espino

  • Teléfono: 4180700 (anexo 747)

  • Resolución:  

  • Email: vleon@munimagdalena.gob.pe

La Procuraduría Pública Municipal es el órgano especializado, responsable de llevar a cabo la defensa jurídica de los intereses y derechos de la Municipalidad de Magdalena del Mar.

 

La Procuraduría Pública Municipal es parte del Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado. Depende administrativa y funcionalmente de la Procuradoría General del Estado, mantiene relaciones de coordinación con la Alcaldía y se rige por la normativa vigente en la materia.

 

Corresponde a la Procuraduría Pública Municipal las siguientes funciones.

Corresponde a la Procuraduría Pública las siguientes funciones:

  • Representar y defender los intereses y derechos de la Municipalidad de Magdalena del Mar ante los órganos jurisdiccionales y administrativos, así como ante el Ministerio Público, Policía Nacional, Tribunal Arbitral, Centro de Conciliación y otros de similar naturaleza en los que la municipalidad es parte.

  • Iniciar y/o impulsar los procesos judiciales contra los funcionarios, servidores, ex funcionarios, ex servidores y/o terceros, cuando el organo de Control Institucional haya encontrado responsabilidad civil y/o penal.

  • Impulsar los procesos judiciales a su cargo, interponiendo los recursos legales que sean necesarios en defensa de los derechos e intereses de la Municipalidad.

  • En los procesos judiciales, arbitrales y de conciliación el Procurador Público puede desistirse, allanarse, conciliar o transigir con las partes involucradas, conforme a los supuestos y requisitos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1326 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2019-JUS.

  • En los procesos tramitados bajo las normas de la Ley N° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, y cualquier otro relacionado con esta materia, puede conciliar en las audiencias respectivas, o en cualquier oportunidad que conforme a ley y salvaguardando los intereses de la municipalidad, puedan llevar a cabo; quedando facultado suficientemente para decidir las conciliaciones a que haya lugar.

  • Requerir a toda institución pública y a las dependencias orgánicas de la municipalidad la información, documentos, antecedentes, expedientes administrativos, informes necesarios y colaboración para la defensa jurídica de la municipalidad.

  • Delegar facultades de representación a los abogados que prestan servicios en la Procuraduría Pública, a través de escrito simple. La delegación de represnetación se realiza a favor de los/las abogados/as que ejercen la defensa jurídica del Estado a nivel nacional, pudiendo extenderse de forma excepcional, especifica y previa coordinación, a aquellos/as abogados/as colegiados/as y habilitados/as de cualquier entidad pública, entidad de economía mixta o por mandato de la ley, ante lo cual dicha entidad brinda las facilidades necesarias para el ejercicio de la delegación.

  • Prestar declaración preventiva, pudiendo delegar excepcionalmente dicha función en los abogados que laboren o presten servicios en la Procuraduría Pública.

  • Elaborar, proponer y ejecutar el Plan Operativo Institucional correspondiente a la Procuraduría Pública disponiendo eficiente y eficazmente de los recursos económicos, materiales y equipos asignados.

  • Remitir trimestralmente al Consejo Municipal un informe sobre el estado de los casos judiciales a su cargo y las acciones realizadas a cargo de cada uno de ellos. Sus informes son públicos.

  • Atender los requerimientos de información que soliciten las dependencias orgánicas municipales sobre los asuntos judiciales a su cargo, siempre que no perjudiquen o entorpezcan la adecuada defensa de los intereses y derechos de la entidad.

  • Coordinar con la Procuradoría General del Estado sobre las acciones de asesoramiento, apoyo ténico profesional y capacitación que brinda en beneficio de la defensa jurídica del Estado.

  • Las demás funciones establecidas en las normas que rigen el Sistema Administrativo de Defensa Judicial del Estado y otra norma sobre la materia.

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