Separación Convencional y Divorcio Ulterior

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Municipalidad de Magdalena del Mar

Separación Convencional y Divorcio Ulterior

¿Quiénes pueden divorciarse mediante este procedimiento?

Aquellos cónyuges que tengan más de dos años de casados.

¿Quiénes lo podrán hacer ante la Municipalidad de Magdalena del Mar?

Aquellos cónyuges que hayan contraído matrimonio ante esta Comuna o; Aquellos cónyuges cuyo último domicilio conyugal* se encuentre o halla estado ubicado en este distrito.

  • Ultimo domicilio conyugal: último domicilio que compartieron los cónyuges (lo cual deberá ser señalado en declaración jurada en donde consten los nombres y apellidos de ambos, firmas y huellas digitales).

  • Formatos para Divorcio Municipal (PDF).

  • Certificado de AcreditaciónDecreto de Alcaldía N° 011-2020-A-MDMM – Modificación TUPA

¿Qué sucede si los cónyuges tienen hijos menores de edad o mayores con incapacidad?

Deberán previamente determinar los aspectos concernientes a los regímenes de patria potestad, alimentos, tenencia y visitas (si se trata de hijos menores de edad) o; – Deberán previamente determinar los aspectos relativos a los regímenes de curatela, alimentos y visitas, además de contar con la sentencia judicial firme que declara la interdicción y nombra al curador (si se trata de hijos mayores con incapacidad).

¿Qué sucede si los cónyuges tienen bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales?

Deberán liquidar previamente dicho régimen.

¿Y si no poseen bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales?

Deberán acreditar tal hecho mediante declaración jurada en donde consten los nombres y apellidos de ambos, firmas y huellas digitales.

¿En cuanto tiempo los cónyuges obtienen la declaración definitiva de divorcio?

Aproximadamente en 90 días contados desde el momento que ingresa su solicitud.

¿Cuánto es el costo de todo el procedimiento?:

330 nuevos soles.

¿Puedo realizar este procedimiento a través de un apoderado?

Según el Art. 15º del DS N 009-2008-JUS, los cónyuges podrán otorgar poder por escritura pública con facultades específicas para su representación en el procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior en las municipalidades y notarias, el cual deberá estar inscrito en los Registros Públicos.

Importante

Se presume que todos los documentos y las declaraciones vertidas por los cónyuges responden a la verdad de los hechos, en virtud del “Principio de Presunción de Veracidad” contenido en la Ley 27444, lo que no enerva a imputar posteriormente las responsabilidades civiles, penales y administrativas a que hubiera lugar, si se detectará la falsedad de los documentos presentados o de las declaraciones consignadas (Art. 7º del DS Nº 009-2008-JUS).

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